Opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia en el desierto


Resumen de la opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia en el desierto Gharbahalsader octubre 16, 1975.
En el preámbulo de la opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia, indica que Marruecos presentó una solicitud al Secretario General de las Naciones Unidas y el Gobierno español el 23 de septiembre / septiembre de 1974 para remitir el Sahara Occidental a la Corte Internacional de Justicia de La Haya, para expresar una opinión consultiva para reforzar su afirmación de lo que él llama (derechos territorio histórico). Y después de que la Asamblea General aprobó la petición de Marruecos, a que se refiere el mencionado Tribunal Internacional y celebró 27 sesiones abiertas del 25 de junio hasta el 30 de julio 1975 y anunció la Corte Internacional de Justicia opiniones consultivas el 16 de octubre / octubre de 1975 en 60 páginas, Después de pensar profunda y seriamente abordar el examen y auditoría de todo el tema de fondo - dentro de los límites de las alegaciones y los documentos presentados a ella - acompañado por un montón de opiniones personales de los jueces
y brevemente lo siguiente: "La respuesta a la primera pregunta: el día después de su colonización por España (y especificada por el Tribunal de 1884) no fueron los occidentales territorio del Sahara sin amo (TERRA NULIUS), ya que estaba habitada, a pesar de Bdautem se han organizado social y políticamente en tribus y bajo la autoridad de los ancianos calificada para representarlos. y la misma España para configurar (de protección) invocó los acuerdos celebrados con los jeques locales . y antes de contestar la segunda pregunta (¿Cuáles son los vínculos jurídicos que unían la zona en cuestión y el Reino de Marruecos y Mauritania el?), el Tribunal identificó el "incesto legal" todos los enlaces que pueden afectar a la política a seguir para la descolonización del Sáhara Occidental. y sobre la cuestión específica de las relaciones con el Reino de Marruecos, el tribunal explicó que se tiene en cuenta: 1. que el Reino de Marruecos afirma que los vínculos de la regla del Sáhara Occidental se debe a la adquisición de una región histórica .. 2 se ponen en cuenta la estructura del Estado marroquí en ese período histórico y después de que examinar los acontecimientos internos (grupo de líderes, la recaudación de impuestos, las campañas de resistencia armada y de los sultanes ...) presentadas por Marruecos como prueba de soberanía histórica sobre el Sáhara Occidental, y los acontecimientos externos (tratados, acuerdos, correspondencia y diplomáticos), que considera Marruecos una confirmación del reconocimiento internacional de otros gobiernos que la soberanía histórica, llegó a la corte que todo esto no prueba la existencia de vínculos de soberanía territorial entre Marruecos y el Sáhara Occidental, a pesar de la existencia de relaciones de dependencia (espirituales, religiosos) entre algunas de las tribus de la región y el sultán. y concluyó diciendo que "todas las pruebas físicas y la información presentada a la Corte, no prueba la existencia de cualquier Saadhakulaimah vínculos entre la tierra del Sáhara Occidental, por un lado, y el Reino de Marruecos o Mauritania, por el otro. . Por lo tanto, la Mahkmalm demuestran tener un vínculo jurídico, que afectaría a la aplicación de la resolución (XV) de 1514 en la descolonización del Sáhara Occidental, y en particular la aplicación del principio de autodeterminación mediante la expresión libre de la voluntad y el verdadero pueblo de la región ". (SPS) 088/090


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